informativoaltera2.blogspot.com

lunes, 2 de agosto de 2010

El ´top manta´ repunta en Zaragoza entre bulos sobre su despenalización

Vuelve el top manta. La actividad de los vendedores callejeros y ambulantes de cedés, deuvedés y complementos de vestimenta pirateados ha proliferado de forma notable en las calles de Zaragoza en las últimas semanas. De hecho, empieza a ser frecuente ver cómo, a media tarde, manteros que tratan de sacar unos euros para sobrevivir vendiendo sus productos entre los clientes de terrazas y los viandantes de calles céntricas como Independencia juegan al ratón y el gato con los agentes de la Policía Local que tratan de impedir que lo hagan.

El fenómeno coincide, según apuntan fuentes judiciales, con la puesta en circulación de bulos e interpretaciones erróneas sobre la última reforma del Código Penal --salió en el BOE del 23 de junio--, según las cuales el top manta ha dejado de constituir un delito. Falso: la Policía sigue deteniendo, la Fiscalía acusando y la judicatura condenando por la venta al menudeo de productos piratas, infracción cuyo principal castigo es la deportación de España y la prohibición de regresar en diez años cuando lo comete un extranjero sin papeles. La pena de cárcel es suspendible por no pasar de dos años --salvo en caso de reincidencia-- y las multas terminan siendo incobrables si se imponen a insolventes.

Y seguirán haciéndolo hasta el 23 de diciembre, fecha en la que entra en vigor la reforma que atenúa, pero no elimina, el castigo para los vendedores al menudeo en determinados casos.

- Cambio.

La modificación legislativa, impulsada por el Gobierno central a instancias de Izquierda Unida, elimina la pena de cárcel --y deja la deportación a criterio del tribunal-- en los casos de "reducida cuantía del beneficio económico" para el mantero, que únicamente podrá ser multado y obligado a desarrollar trabajos en beneficio de la comunidad entre tres y seis meses. Si la ganancia del vendedor no alcanza los 400 euros "se castigará el hecho como falta", lo que reduce la multa y elimina la posibilidad de ser expulsado.

El propio texto aprobado por el Congreso reconoce que el tratamiento de esta actividad desde las reformas del Código Penal de 1995 y del 2003 "ha evidenciado una cierta quiebra de la necesaria proporcionalidad de la pena". Más, añade, "cuando frecuentemente los autores de este tipo de conductas son personas en situaciones de pobreza, a veces utilizados por organizaciones criminales, que con tales actos aspiran a alcanzar ingresos mínimos de subsistencia".

Fuentes judiciales especificaron que, con independencia de los motivos que hayan llevado a la reforma, esta no entra en vigor hasta el 23 de diciembre del 2010. A partir de esa fecha, las condenas impuestas a los manteros serán revisables --siempre que no hayan sido ejecutadas o estén suspendidas-- de acuerdo con las nuevas normas, lo que permitiría evitar la deportación a los vendedores interceptados con un volumen de género que no les deje más de 400 euros de ganancia.

A lo largo del año pasado fueron encartadas en Aragón 142 personas --la mayoría de ellos extranjeros sin papeles-- por la venta al menudeo de cedés y deuvedés piratas --89-- y de complementos de vestimenta --53--. El 80% de ellos --78 y 36-- fueron detenidos en Zaragoza. Los jueces de lo Penal y las audiencias de las tres provincias emitieron 59 sentencias --37 y 22--, la práctica totalidad condenatorias.

No hay comentarios:

Publicar un comentario